Saltar al contenido
Galende y de Buzón Abogados · Herencias Madrid

Herramienta · Madrid 2026

Calculadora del
Impuesto sobre Sucesiones
en Madrid.

Estima en segundos cuánto pagarías por el Impuesto sobre Sucesiones en la Comunidad de Madrid aplicando la bonificación autonómica del 99% para descendientes, ascendientes y cónyuge.

Datos para el cálculo

Su situación

La Comunidad de Madrid bonifica el 99 % al Grupo I y II; el 50 % al Grupo III (Ley 2/2025).

Valor real de la parte que se hereda (bienes + 3 % ajuar − deudas y gastos deducibles). Sin aplicar todavía reducciones; eso lo hace el cálculo.

Lo que el heredero ya tenía antes del fallecimiento. Determina el coeficiente multiplicador (art. 22 LISD).

Solo cónyuge, ascendientes, descendientes o pariente colateral > 65 años con convivencia ≥ 2 años. Reducción del 95 %, límite 122.606,47 €. Permanencia 5 años (CAM).

Empresa individual, negocio profesional o participaciones del causante. Reducción del 95 % con mantenimiento de 5 años (art. 20.2.c LISD; permanencia CAM).

Solo cónyuge, ascendientes o descendientes. Reducción del 100 % con límite 9.195,49 € por beneficiario (art. 20.2.b LISD).

Estimación orientativa

Cálculo del impuesto

Base imponible
200.000,00 €
− Reducción por parentesco
16.000,00 €
Base liquidable
184.000,00 €
Cuota íntegra (tarifa)
27.485,53 €
Coeficiente multiplicador
× 1.0000
Cuota tributaria
27.485,53 €
− Bonificación CAM (99 %)
27.210,67 €

Cuota a ingresar

274,86 €

Recuerde: el modelo 650 es de presentación obligatoria aunque la cuota resulte cero. Plazo voluntario de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 si se solicita en los primeros 5.

Resultado orientativo, no vinculante para la Administración. No contempla pactos sucesorios, sustituciones, fideicomisos, herencias multi-CCAA ni la totalidad de requisitos formales de mantenimiento. Para un cálculo definitivo y revisión de bonificaciones aplicables a su caso, consulte con el despacho.

Normativa aplicada · LISD 29/1987 · D. Leg. 1/2010 CAM · Ley 2/2025 CAM

¿Quiere que lo liquidemos nosotros?

Presentamos el modelo 650 en plazo, aplicamos todas las reducciones disponibles y guardamos el justificante por usted.

Honorarios desde 350 € por heredero. Presupuesto cerrado antes de empezar. Primera consulta sin coste.

Liquidar mi caso

Por qué algunos pagan 0 €

Bonificación del 99% en Madrid.

Madrid tiene una de las legislaciones más favorables de España para el Impuesto sobre Sucesiones. Para los herederos del Grupo I (descendientes menores de 21) y Grupo II (cónyuge, ascendientes y descendientes mayores de 21) se aplica una bonificación del 99% sobre la cuota. Es decir: si la cuota sale 30.000 €, se paga 300 €.

  • 01

    Hay que presentar el modelo 650 en plazo (6 meses prorrogables) aunque la cuota final sea cero.

  • 02

    Si no se presenta en plazo, hay recargos por presentación extemporánea y sanciones que sí se pagan.

  • 03

    Si valoramos mal los bienes, Hacienda puede iniciar una comprobación de valores y reclamar la diferencia.

  • 04

    Para el Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos y afines) la bonificación es del 50% desde el 1 de julio de 2025 (Ley 2/2025). El Grupo IV (primos y extraños) no se beneficia.

En el despacho calculamos el impuesto exacto incluyendo todas las reducciones aplicables (vivienda habitual, empresa familiar, seguros) y presentamos el modelo en su nombre.

Primera consulta

La primera conversación
es gratuita.

Media hora al teléfono o en el despacho. Le explicamos plazos, documentación necesaria y coste estimado. Si su caso no es para nosotros, se lo decimos y le derivamos sin cobrar.

Sede

Calle Príncipe de Vergara, 73, 5ºD · 28006 Madrid · Distrito Salamanca

Cómo llegar