Diccionario jurídico
Glosario de herencias
y derecho sucesorio.
Veintisiete términos que aparecen una y otra vez en las herencias. Cada uno con la referencia al artículo del Código Civil o norma específica que lo regula.
27 términos disponibles.
A
- Abintestato
-
Sucesión que se rige por la ley porque el causante no otorgó testamento válido. Implica tramitar previamente una declaración de herederos.
Arts. 912 ss. CC
- Aceptación a beneficio de inventario
-
Modalidad de aceptación que limita la responsabilidad del heredero al valor de los bienes recibidos. Exige inventario formal en plazo.
Arts. 1.010 ss. CC
- Aceptación pura y simple
-
Aceptación de la herencia sin reservas. El heredero responde de las deudas hereditarias incluso con su patrimonio personal.
Art. 1.003 CC
- Albacea
-
Persona designada por el testador para hacer cumplir la voluntad recogida en el testamento. Puede ser universal o particular.
Arts. 892 ss. CC
C
- Cautela socini
-
Cláusula testamentaria por la que se ofrece al heredero forzoso algo más que la legítima a cambio de no impugnar el testamento. Si impugna, recibe sólo la legítima estricta.
Doctrina y jurisprudencia sobre art. 813 CC
- Caudal hereditario
-
Conjunto de bienes, derechos y obligaciones del causante que pasan a sus herederos en el momento del fallecimiento.
Art. 659 CC
- Causante
-
Persona fallecida que origina la sucesión. También llamado de cuius.
- Colación
-
Operación por la que un heredero forzoso aporta a la masa lo recibido en vida del causante a título lucrativo, salvo dispensa expresa.
Arts. 1.035 ss. CC
- Conmoriencia
-
Presunción aplicable cuando varias personas con derecho a sucederse fallecen sin poder probar quién falleció antes. Se presume fallecimiento simultáneo y no hay transmisión entre ellos.
Art. 33 CC
- Contador-partidor
-
Persona designada en testamento o por los herederos para realizar las operaciones de partición de la herencia.
Arts. 1.057 ss. CC
D
- Declaración de herederos abintestato
-
Acta notarial (o resolución judicial en casos tasados) que determina quiénes son los herederos cuando no hay testamento válido.
Arts. 55-56 Ley del Notariado
- Desheredación
-
Privación de la legítima a un heredero forzoso por concurrir alguna de las causas tasadas en el Código Civil. Debe expresarse en testamento.
Arts. 848-857 CC
- Donación inoficiosa
-
Donación hecha por el causante en vida que lesiona la legítima de un heredero forzoso. Puede ser reducida mediante acción judicial.
Art. 654 CC
F
- Fideicomiso
-
Disposición testamentaria por la que el testador encomienda a una persona conservar los bienes para entregarlos posteriormente a un tercero.
Arts. 781 ss. CC
H
- Herederos forzosos
-
Personas a las que la ley reserva una parte de la herencia (legítima). En el Código Civil común: descendientes, ascendientes en su defecto, y cónyuge viudo.
Art. 807 CC
I
- Indignidad sucesoria
-
Causas tasadas por las que una persona pierde el derecho a heredar (atentado contra el causante, falsa denuncia, coacción al testador, etc.).
Art. 756 CC
- Inventario hereditario
-
Relación detallada y valorada de los bienes, derechos y deudas que componen el caudal hereditario.
Arts. 1.013 ss. CC
L
- Legado
-
Disposición testamentaria por la que el causante atribuye a una persona un bien o derecho concreto, sin instituirla heredera universal.
Arts. 858 ss. CC
- Legítima
-
Parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a los herederos forzosos. En descendientes: dos tercios (estricta más mejora).
Arts. 806 ss. CC
M
- Mejora
-
Tercio de la herencia que el testador puede distribuir libremente entre sus descendientes mejorándolos frente a la legítima estricta.
Arts. 823 ss. CC
P
- Partición
-
Acto por el que se divide el caudal hereditario adjudicando bienes concretos a cada heredero. Puede ser convenida, por contador-partidor o judicial.
Arts. 1.051 ss. CC
- Preterición
-
Omisión en el testamento de un heredero forzoso sin desheredarlo expresamente. Puede ser intencional o errónea, con efectos distintos.
Art. 814 CC
- Profesio iuris
-
Elección por el testador, en sucesiones internacionales, de la ley de su nacionalidad para que rija su herencia, conforme al Reglamento UE 650/2012.
Art. 22 Reg. UE 650/2012
R
- Renuncia
-
Acto por el que un heredero rechaza la herencia. Debe ser expresa, formal, pura, simple y gratuita. Es irrevocable.
Arts. 988-1.009 CC
S
- Sustitución vulgar
-
Cláusula testamentaria que designa un heredero sustituto para el caso de que el primer llamado no quiera o no pueda aceptar.
Art. 774 CC
T
- Testamento ológrafo
-
Testamento escrito íntegramente de puño y letra por el testador, sin intervención de notario. Necesita protocolización tras el fallecimiento.
Arts. 688-693 CC
U
- Usufructo viudal
-
Derecho de usufructo que corresponde al cónyuge viudo sobre una parte de la herencia. Variable según concurra con descendientes, ascendientes o solo colaterales.
Arts. 834-838 CC
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