Qué significa tramitar una herencia de principio a fin
Tramitar una herencia en Madrid no es un trámite único sino una cadena de ellos: certificados, testamento o declaración de herederos, inventario, escritura pública, dos impuestos distintos y la inscripción registral. Cada eslabón depende del anterior y casi todos tienen plazo. Nuestro servicio de gestión de herencias consiste en llevar la cadena completa con un único abogado responsable, para que usted firme una vez y reciba su herencia inscrita y liquidada.
Las siete fases del expediente
- Certificados iniciales: defunción, últimas voluntades y contratos de seguros. Los pedimos nosotros; solo necesitamos la fecha de fallecimiento y el DNI del causante.
- Título sucesorio: copia autorizada del testamento o, si no hay, declaración de herederos abintestato ante notario.
- Inventario y valoración: bienes, derechos, cargas y deudas, con los certificados bancarios a fecha de fallecimiento y los valores de referencia catastral de los inmuebles.
- Aceptación y partición: redacción del cuaderno particional y escritura de aceptación y adjudicación ante notario. Si hay desacuerdo entre herederos, entra nuestro servicio de partición y mediación.
- Impuesto sobre Sucesiones: liquidación del modelo 650 con la bonificación del 99 % de Madrid y todas las reducciones aplicables, dentro del plazo de 6 meses.
- Plusvalía municipal: autoliquidación del IIVTNU por cada inmueble urbano, con la bonificación por vivienda habitual cuando procede.
- Inscripción registral: presentación en el Registro de la Propiedad y entrega del expediente completo con todos los justificantes.
Los plazos que no perdonan
El reloj de una herencia es fiscal: 6 meses desde el fallecimiento para el modelo 650 y la plusvalía municipal, con prórroga de otros 6 si se solicita dentro de los primeros 5 meses. Pasarse tiene recargos; no presentar, sanción, aunque la cuota salga a cero por la bonificación. Introduzca su fecha en la calculadora de plazos de la herencia y tendrá su calendario exacto, o repase el checklist completo para tramitar una herencia en Madrid.
Qué documentación hace falta
Para arrancar solo necesitamos el certificado de defunción (o los datos del causante para pedirlo) y su DNI. El resto lo vamos obteniendo nosotros por usted. Tiene el detalle completo en la guía de documentación necesaria para tramitar una herencia.
Cuánto cuesta
Nuestros honorarios de tramitación integral parten de 950 € + IVA para herencias sin conflicto, con todas las tarifas publicadas y presupuesto cerrado por escrito antes de aceptar el encargo. Aparte van los pagos a terceros, que le estimamos por escrito desde el primer día: aranceles de notaría y de registro, Impuesto de Sucesiones y plusvalía municipal. Para estimar los impuestos, use la calculadora del Impuesto de Sucesiones y la calculadora de la plusvalía municipal.
Errores que vemos cada semana
- Empezar por el notario sin inventario cerrado: obliga a rectificar escrituras.
- Dejar el modelo 650 para el final: los 6 meses se agotan antes de lo que parece.
- Aceptar sin mirar las deudas: la aceptación pura responde con el patrimonio personal.
- Olvidar la plusvalía municipal: es un impuesto distinto, con su propia autoliquidación.
- No inscribir en el Registro: el inmueble queda fuera del tráfico jurídico y el problema aflora años después, al intentar vender.
Un despacho que solo hace herencias
Somos abogados de herencias en Madrid con dedicación exclusiva al derecho sucesorio: no llevamos divorcios, ni laboral, ni penal. Esa especialización es la razón de que podamos cerrar honorarios por escrito y responder de cada fase del expediente. La primera consulta, media hora al teléfono o en Príncipe de Vergara 73, no se factura.
Cuándo nos necesita
Señales de que es hora de llamar al despacho
-
Acaba de fallecer un familiar y no sabe por dónde empezar con los trámites.
-
Le abruma la cadena de certificados, notaría, impuestos y registro y prefiere delegarla entera.
-
Se acerca el plazo fiscal de seis meses y el expediente apenas ha avanzado.
-
Los herederos viven en ciudades distintas y nadie coordina las firmas.
-
Sospecha que el fallecido dejó deudas y no quiere aceptar la herencia a ciegas.
Casos típicos
Cómo se ve este servicio en la práctica
-
01
Herencia familiar con piso y cuentas en Madrid
El caso más frecuente: cónyuge e hijos, testamento a favor de los hijos por partes iguales, un inmueble y saldos bancarios. Expediente completo con bonificación del 99 % en el ISD e inscripción registral, resuelto dentro del plazo fiscal de 6 meses.
-
02
Herencia sin testamento con herederos dispersos
Declaración de herederos ante notario, poderes para evitar desplazamientos de los herederos que residen fuera, partición amistosa y liquidación fiscal coordinada. La clave es ordenar las firmas para no duplicar visitas notariales.
-
03
Herencia con inmueble hipotecado y dudas sobre deudas
Antes de aceptar, inventario de cargas y análisis de solvencia del caudal. Se optó por aceptación a beneficio de inventario para blindar el patrimonio personal de los herederos mientras se negociaba con la entidad la subrogación de la hipoteca.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Qué incluye exactamente la tramitación integral?
Todo el expediente: obtención de certificados (defunción, últimas voluntades, seguros), copia del testamento o declaración de herederos, inventario y valoración de bienes, escritura de aceptación ante notario, liquidación del modelo 650 y de la plusvalía municipal, e inscripción en el Registro de la Propiedad. Un único abogado responsable de principio a fin.
¿Cuánto cuesta tramitar una herencia con el despacho?
Desde 950 € + IVA para una herencia sin conflicto, con presupuesto cerrado por escrito antes de aceptar el encargo. Los aranceles de notaría y registro y los impuestos van aparte porque se pagan a terceros; se los estimamos por escrito desde el primer día.
¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso?
El calendario lo marca el plazo fiscal: 6 meses desde el fallecimiento para el modelo 650, prorrogables otros 6 solicitándolo dentro de los primeros 5. Una herencia sin conflicto suele quedar terminada dentro de ese plazo; los desacuerdos entre herederos o los bienes en el extranjero lo alargan.
¿Tengo que ir yo al notario o a Hacienda?
Solo a la firma de la escritura de aceptación, porque la firma es personal (o mediante poder). Todo lo demás, certificados, borradores, presentación de impuestos y registro, lo hacemos nosotros.
¿Y si aparecen deudas del fallecido durante la tramitación?
Se analizan antes de aceptar: si el caudal puede ser deficitario, planteamos la aceptación a beneficio de inventario, que limita su responsabilidad a lo heredado, o la renuncia. Nunca le dejaremos aceptar a ciegas una herencia con riesgo patrimonial.
¿Pueden llevar la herencia si los herederos vivimos en ciudades distintas?
Sí, es habitual. Coordinamos el expediente a distancia (teléfono, email y videollamada), preparamos poderes cuando conviene evitar desplazamientos y concentramos las firmas en una sola visita al notario.
Más preguntas relacionadas