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Galende y de Buzón Abogados · Herencias Madrid

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan
sobre herencias en Madrid.

Dudas reales de personas que han recibido o gestionan una herencia. Cada pregunta tiene una respuesta breve y un artículo extendido con detalle jurídico y referencia normativa.

Filtrar por categoría

  1. 01
    01.

    ¿Qué documentación necesito para tramitar una herencia en Madrid?

    Necesitas el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, copia autorizada del testamento (si lo hay), el libro de familia, los DNI de los herederos y la documentación de los bienes: escrituras, cuentas bancarias, vehículos y seguros de vida.

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  2. 02
    02.

    ¿Qué diferencia hay entre una sucesión testada e intestada?

    En la sucesión testada existe testamento válido, y se respeta la voluntad del causante dentro de los límites legales (legítimas). En la intestada no hay testamento, y la ley determina quiénes son los herederos por orden de parentesco mediante la declaración de herederos.

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  3. 03
    03.

    ¿Quiénes son los herederos forzosos o legitimarios?

    Son las personas a las que la ley reserva una parte de la herencia (legítima): los hijos y descendientes; en su defecto, los padres y ascendientes; y el cónyuge viudo, que tiene siempre derecho al usufructo de una parte de la herencia.

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  4. 04
    04.

    ¿Se puede rechazar o renunciar a una herencia?

    Sí. Cualquier heredero puede renunciar a la herencia mediante escritura pública ante notario o, en sucesiones intestadas, ante el juzgado. La renuncia es irrevocable y solo se puede hacer una vez fallecido el causante. Es habitual cuando la herencia tiene más deudas que bienes.

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  5. 05
    05.

    ¿Qué es la declaración de herederos y cuándo se realiza?

    Es el acto por el que se determina legalmente quiénes son los herederos de una persona que falleció sin testamento. Es imprescindible para poder aceptar la herencia y se realiza ante notario (si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge) o ante el juzgado (resto de casos).

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  6. 06
    06.

    ¿Cómo saber si existe testamento?

    Solicitando el Certificado de Últimas Voluntades al Ministerio de Justicia. Indica si la persona otorgó testamento, ante qué notario y la fecha. Para pedirlo se necesita el certificado de defunción y haber transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento.

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  7. 07
    07.

    ¿Qué es el certificado de últimas voluntades y dónde puede obtenerse?

    Es el documento oficial del Ministerio de Justicia que acredita si una persona otorgó testamento en España, ante qué notario y la fecha. Se puede obtener presencialmente en cualquier Gerencia Territorial, por correo o telemáticamente mediante certificado digital.

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  8. 08
    08.

    ¿Quién puede solicitar el certificado de actos de últimas voluntades?

    Cualquier persona interesada puede solicitarlo, no es necesario ser heredero. Basta con presentar el certificado literal de defunción, abonar la tasa (modelo 790 código 006) y haber transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento.

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