Pregunta frecuente
¿Quiénes son los herederos forzosos o legitimarios?
Son las personas a las que la ley reserva una parte de la herencia (legítima): los hijos y descendientes; en su defecto, los padres y ascendientes; y el cónyuge viudo, que tiene siempre derecho al usufructo de una parte de la herencia.
¿Qué son los herederos forzosos?
El artículo 807 del Código Civil establece que son herederos forzosos (también llamados legitimarios) las personas que tienen derecho a una porción mínima de la herencia, la legítima. No se les puede excluir salvo en los supuestos tasados de desheredación.
Orden de herederos forzosos en el Código Civil común
- Hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
- En su defecto, los padres y ascendientes respecto de los hijos y descendientes.
- El cónyuge viudo, en la forma y medida que dispone la ley.
¿Qué parte de la herencia les corresponde?
El haber hereditario se divide en tres tercios:
- Tercio de legítima estricta: se reparte por partes iguales entre todos los hijos. No puede gravarse ni reducirse.
- Tercio de mejora: el testador puede mejorar a uno o varios hijos (o descendientes) con esta porción.
- Tercio de libre disposición: el testador puede dejarlo a quien quiera.
Si no hay descendientes, los padres y ascendientes tienen derecho a la mitad de la herencia si concurren con el cónyuge, o a las 2/3 partes en otro caso.
Derechos del cónyuge viudo
El cónyuge viudo no separado legalmente tiene derecho al usufructo de una parte de la herencia:
- 1/3 de mejora (si concurre con descendientes).
- 1/2 de la herencia (si concurre con ascendientes).
- 2/3 de la herencia (si no concurre con ninguno de los anteriores).
¿Y si no respetas la legítima?
Si un testamento no respeta la legítima, los legitimarios pueden ejercer una acción de reducción para hacer valer su parte. En estos casos lo más recomendable es contar con un abogado especialista en sucesiones que estudie el caso y prepare la reclamación.
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