Herramienta · Ayuntamiento de Madrid · 2026
Calculadora de la
plusvalía municipal
en herencias.
Calcule el IIVTNU que pagará al heredar un inmueble en el municipio de Madrid. La herramienta aplica los dos métodos (objetivo y real, art. 107 TRLRHL) y elige automáticamente el de menor base. Si era la vivienda habitual del causante, aplica la bonificación escalonada del 95/85/70/40 % según valor catastral del suelo.
Datos del inmueble heredado
Su situación
La diferencia determina los años de tenencia y el coeficiente del método objetivo (RDL 8/2023, vigente 2026).
Ambos figuran desglosados en el recibo del IBI. El IIVTNU solo grava la plusvalía del suelo.
Si el valor declarado en herencia es igual o inferior al de adquisición original, no hay hecho imponible (art. 104.5 TRLRHL): no se paga, pero se declara con escrituras adjuntas.
100 si pleno dominio; 50 si gananciales (solo se transmite la parte del causante).
100 si hereda solo; 33,33 si tres herederos a partes iguales.
Bonificación por vivienda habitual
La bonificación escalonada (95/85/70/40 % según valor catastral del suelo) exige los tres requisitos. Si vende antes de 5 años, deberá presentar autoliquidación complementaria con intereses de demora.
Plusvalía municipal
Resultado del cálculo
Método objetivo
Valor catastral suelo × coef. 0.09 (14.0 años)
7200,00 €
↑ Base aplicable
Método real
Incremento (130.000,00 €) × 40 % suelo
52.000,00 €
- Base imponible aplicable
- 7200,00 €
- Tipo de gravamen (Madrid)
- × 29 %
- Cuota íntegra
- 2088,00 €
- − Bonificación vivienda habitual (85 %)
- 1774,80 €
Cuota a ingresar
313,20 €
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se solicita dentro de los primeros 6 meses (no 5 como el ISD). Presentación: sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Resultado orientativo, no vinculante. No contempla múltiples adquisiciones del causante, proindivisos complejos, valores de referencia catastrales discrepantes, exenciones especiales (patrimonio histórico, dación en pago) ni recargos por presentación extemporánea. Para un cálculo definitivo, consulte con el despacho.
Normativa aplicada · TRLRHL · RDL 26/2021 · RDL 8/2023 · Ord. Fiscal Ayto. Madrid 8/2023
¿Quiere que liquidemos también la plusvalía?
Presentamos la plusvalía municipal en el Ayuntamiento de Madrid con la bonificación correcta y dejamos el inmueble inscrito a su nombre.
Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. Si necesita una herencia integral con ISD, escrituras de adjudicación e inscripción registral, consulte las tarifas orientativas.
Lo que mucha gente desconoce
Cómo se calcula la plusvalía de una herencia.
Tras la STC 182/2021 y el RD-ley 26/2021, el contribuyente puede elegir entre método objetivo (valor catastral del suelo × coeficiente) y método real (incremento entre adquisición y transmisión × proporción del suelo). Hacienda exige el menor de los dos. En 2026 siguen vigentes los coeficientes del RD-ley 8/2023, ya que el RD-ley 16/2025 que pretendía subirlos un 40 % fue derogado por el Congreso el 27 de enero de 2026.
- 01
Devengo en el fallecimiento, no en la firma de la escritura. Plazo de 6 meses (prorrogables otros 6 si se pide dentro de los 6 primeros meses).
- 02
El IIVTNU solo grava el suelo. En un piso, el suelo suele suponer entre el 30 % y el 70 % del valor catastral total. El desglose figura en el recibo del IBI.
- 03
Si no hay incremento real (el valor declarado es igual o inferior al de adquisición original), no se paga: art. 104.5 TRLRHL. Pero debe declararse expresamente con escrituras adjuntas.
- 04
Bonificación por vivienda habitual del causante: 95 % si el valor catastral del suelo es ≤ 60.000 €, 85 % hasta 100.000 €, 70 % hasta 138.000 €, 40 % a partir. Beneficiarios: cónyuge, descendientes, ascendientes y pareja registrada. Mantenimiento de 5 años.
- 05
El ISD está bonificado al 99 % en Madrid; la plusvalía municipal NO. Son impuestos distintos: el ISD lo recauda la Comunidad; el IIVTNU el Ayuntamiento. Tener uno bonificado no exime del otro.
¿También necesita calcular el Impuesto sobre Sucesiones? use la calculadora del ISD con bonificación del 99 %. Y si está pensando si conviene donar o esperar a la herencia, use el comparador de fiscalidad.
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