Pregunta frecuente
¿Qué es la declaración de herederos y cuándo se realiza?
Es el acto por el que se determina legalmente quiénes son los herederos de una persona que falleció sin testamento. Es imprescindible para poder aceptar la herencia y se realiza ante notario (si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge) o ante el juzgado (resto de casos).
¿Qué es la declaración de herederos?
La declaración de herederos abintestato es el procedimiento por el que se determina quiénes son los llamados a heredar cuando una persona ha fallecido sin testamento válido o cuando éste ha sido declarado nulo o ineficaz.
Es un acto previo y necesario a la aceptación de la herencia y a la liquidación del Impuesto de Sucesiones.
¿Cuándo es obligatoria?
Siempre que se cumpla alguno de estos supuestos:
- El causante falleció sin haber otorgado testamento.
- El testamento fue revocado y no se otorgó otro.
- El testamento existe pero se ha declarado nulo o caducó.
- El testamento solo dispone de parte de los bienes (sucesión parcial).
¿Ante quién se tramita?
Depende del parentesco:
| Quiénes son los herederos | Dónde se tramita |
|---|---|
| Descendientes, ascendientes o cónyuge | Acta notarial (Notario competente del domicilio del causante) |
| Colaterales (hermanos, sobrinos…) | También ante notario desde la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015 |
Hasta 2015 la declaración de colaterales se tramitaba ante juzgado. La Ley 15/2015 unificó la competencia notarial para casi todos los casos.
Pasos del procedimiento ante notario
- Solicitud inicial del interesado con la documentación: certificado de defunción, últimas voluntades, libro de familia, DNIs.
- Acta de notoriedad: el notario examina la documentación y oye a dos testigos que conozcan a la familia.
- Plazo de espera de 20 días hábiles desde el requerimiento.
- Acta final declarando herederos. Tiene fuerza ejecutiva.
Tiempo y coste aproximado
- Plazo: entre 1 y 2 meses desde el requerimiento, dependiendo del notario.
- Coste: los honorarios notariales se rigen por arancel. Habitualmente entre 200 y 400 € por causante, más los aranceles registrales.
¿Necesito abogado?
No es legalmente obligatorio, pero es muy recomendable cuando:
- Hay bienes en el extranjero.
- Existen conflictos previsibles entre herederos.
- Hay dudas sobre la existencia del testamento.
- Existen deudas significativas en la herencia.
En el despacho coordinamos toda la tramitación: documentos, notario, hacienda y registro.
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