Recurso práctico
Calendario de plazos
en una sucesión.
Los plazos legales relevantes en una herencia, ordenados desde el fallecimiento. Cada uno con su referencia normativa para que pueda verificarlo en la propia ley.
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Día 0
Fallecimiento
Inicia el cómputo de la mayoría de plazos legales. Conviene anotar la fecha exacta porque se usa en todos los trámites.
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Día 1 a día 15
Obtener certificado de defunción
Trámite previo a cualquier otra actuación. Es la prueba documental de la apertura de la sucesión.
Ley del Registro Civil
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A partir del día 15 hábil
Solicitar certificado de últimas voluntades
Antes no es posible. Acredita si existe testamento y ante qué notario fue otorgado.
Anexo II Decreto 2.539/1976
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Día 20 a día 60
Declaración de herederos o copia del testamento
Sin testamento: acta notarial con plazo obligatorio de 20 días hábiles. Con testamento: copia autorizada en la notaría correspondiente.
Arts. 55 y 56 Ley del Notariado
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Plazo de 6 meses
Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones
Plazo voluntario de 6 meses desde el fallecimiento. Se puede solicitar prórroga de otros 6 dentro de los primeros 5 meses.
Art. 67 Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
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Plazo de 6 meses
Plusvalía municipal
Por inmuebles urbanos. Mismo plazo que el ISD. Prorrogable. Se liquida ante el Ayuntamiento donde radica cada inmueble.
Art. 110 TRLHL
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Plazo de 30 días tras interpelación
Aceptar o renunciar tras interpelación judicial
Si un interesado solicita al juez que requiera al heredero, este tiene 30 días naturales para aceptar pura o simplemente, a beneficio de inventario, o renunciar. Si no contesta, se entiende aceptada pura y simplemente.
Art. 1.005 Código Civil
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Hasta 4 años
Acción de reducción de donaciones inoficiosas
Plazo para que los legitimarios reclamen contra donaciones del causante que lesionan la legítima.
Art. 1.964 Código Civil aplicado a la acción
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Hasta 5 años
Mantenimiento de la vivienda habitual
Si se aplicó la reducción del 95% en la base del ISD por vivienda habitual, hay que mantenerla 5 años. Si se vende antes, se pierde la reducción.
Art. 20.2.c Ley 29/1987
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Hasta 15 años
Acción de complemento de legítima
Plazo para reclamar la parte de legítima que se haya dejado de percibir, salvo prescripción específica aplicable.
Art. 1.964 Código Civil
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Hasta 30 años
Acción de petición de herencia
Plazo prescriptivo de la acción de petición de herencia: el heredero puede reclamar la posesión del caudal incluso si terceros lo poseen.
Doctrina jurisprudencial sobre art. 1.016 CC
Consulta inicial
¿Va con prisa por un plazo?
Si le quedan menos de 30 días para presentar el Impuesto sobre Sucesiones, llámenos: a partir de ahí cada día cuenta.
Cómo solicitar la prórroga del modelo 650
Si los 6 meses iniciales se quedan cortos (es frecuente cuando hay bienes en el extranjero, sociedades a valorar o varios herederos), se puede solicitar una prórroga de otros 6 meses.
- Plazo para pedirla: dentro de los primeros 5 meses desde el fallecimiento. Si la prórroga se solicita en el sexto mes, ya es tarde.
- Dónde: ante la Comunidad de Madrid (Dirección General de Tributos).
- Coste: ninguna tasa por solicitarla, pero devenga intereses de demora sobre la cuota que finalmente se pague.
- Efecto: amplía el plazo voluntario a 12 meses totales desde el fallecimiento. Si no se presenta dentro de los 12, se entra en periodo ejecutivo con recargos.
Herramientas relacionadas
Si prefiere ver los plazos calculados a partir de la fecha exacta del fallecimiento, use la calculadora interactiva de plazos sucesorios. Si ya ha vencido el plazo del modelo 650, estime el coste con la calculadora del recargo del art. 27 LGT.
Si llega tarde al modelo 650, hay alternativas (recargo voluntario, fraccionamiento, pago con la propia herencia). Resumen completo en qué pasa si se pasa el plazo del Impuesto de Sucesiones en Madrid.
Si todavía no ha empezado nada y el fallecimiento es reciente, lea primero qué hacer en las primeras 24-72 horas tras el fallecimiento.
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papeleo.
Recopilamos certificados, redactamos el cuaderno particional, liquidamos los impuestos y dejamos los bienes inscritos a su nombre. Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar.
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