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Galende y de Buzón Abogados · Herencias Madrid

Pregunta frecuente

¿Quién puede solicitar el certificado de actos de últimas voluntades?

Cualquier persona interesada puede solicitarlo, no es necesario ser heredero. Basta con presentar el certificado literal de defunción, abonar la tasa (modelo 790 código 006) y haber transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento.

Quién puede pedirlo

Cualquier persona puede solicitar el Certificado de Últimas Voluntades, no hace falta acreditar parentesco, condición de heredero ni interés legítimo. El criterio del Ministerio de Justicia es facilitar el acceso a este dato para no entorpecer las tramitaciones hereditarias.

Eso sí: la copia autorizada del testamento en sí solo puede obtenerla quien acredite ser heredero, legatario o tener interés legítimo, directamente en la notaría donde se otorgó.

Qué necesitas para solicitarlo

  1. Certificado literal de defunción, expedido por el Registro Civil correspondiente al lugar del fallecimiento.
  2. Modelo 790 código 006 debidamente cumplimentado y con la tasa pagada (aproximadamente 4 €).
  3. DNI o documento identificativo del solicitante.
  4. Si la solicitud es telemática, certificado digital o sistema Cl@ve PIN.

¿Cuándo se puede pedir?

Han de haber transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Antes el sistema rechaza la solicitud.

Vías de solicitud paso a paso

Online

  1. Acceder a sede.mjusticia.gob.es.
  2. Buscar “Solicitud certificado de actos de última voluntad”.
  3. Pagar la tasa con tarjeta.
  4. Adjuntar certificado de defunción escaneado.
  5. Recibir el certificado en 3-10 días en la sede electrónica.

Presencial

  1. Descargar e imprimir el modelo 790-006.
  2. Pagar la tasa en cualquier entidad bancaria colaboradora.
  3. Acudir a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia con el certificado de defunción y el modelo pagado.
  4. Recoger el certificado en 10-15 días o solicitar envío por correo.

Por correo postal

Igual que la presencial pero enviando todo a:

Registro General de Actos de Última Voluntad Plaza de Jacinto Benavente, 3 28012 Madrid

¿Cuánto tarda?

  • Online: 3 a 10 días.
  • Presencial o postal: 15 a 20 días.

¿Vale para certificados extranjeros?

No. El Certificado español solo refleja testamentos otorgados en España. Para sucesiones internacionales hay que solicitar los certificados equivalentes en cada país y, dentro de la UE, valorar el Certificado Sucesorio Europeo (Reglamento UE 650/2012).

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